No se puede presumir la renuncia.

Una renuncia solo es válida si el empleado expresa de manera clara e inequívoca su deseo de rescindir el contrato de trabajo.

La renuncia del empleado puede resultar de una simple declaración verbal.

Su convenio colectivo puede disponer que la renuncia esté sujeta a un procedimiento específico.

No se puede deducir únicamente del comportamiento del empleado que desea dimitir. Para que la salida del empleado sea considerada como una renuncia, debe haber mostrado un deseo claro e inequívoco de dejar la empresa.

Si no tiene noticias de un empleado, ¡no puede interpretar esta ausencia injustificada como prueba de un deseo claro e inequívoco de dimitir!

no, la ausencia injustificada y el silencio del empleado no le permiten considerar que renuncia.

Debes actuar. En primer lugar, pones al interesado para justificar su ausencia o para que regrese a su puesto de trabajo, al tiempo que le adviertes que se le podrá sancionar si no reacciona.

En ausencia de reacción, deberá extraer las consecuencias de la ausencia injustificada, y despedir al empleado si considera necesaria esta medida.

Si quieres romper el ...

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