Expediente médico de salud ocupacional: confidencialidad médica

En el momento de su visita informativa y preventiva, el médico del trabajo elabora el expediente médico de salud laboral del trabajador (Código del Trabajo, art. R. 4624-12).

Esta visita también puede ser realizada por el médico empleado, el interno de medicina del trabajo o una enfermera (Código del Trabajo, art. L. 4624-1).

Este expediente médico de salud ocupacional recoge información relacionada con el estado de salud del empleado después de las exposiciones a las que ha sido sometido. También contiene las opiniones y propuestas del médico del trabajo como, por ejemplo, recomendaciones para cambiar de trabajo por el estado de salud del empleado.

En la continuidad de la cobertura, este expediente puede ser comunicado a otro médico del trabajo, salvo que el trabajador se niegue (Código del Trabajo, art. L. 4624-8).

Este archivo se mantiene de acuerdo con la confidencialidad médica. De este modo se garantiza la confidencialidad de todos los datos.

no, usted no está autorizado a reclamar los registros médicos de sus empleados, cualquiera que sea el motivo indicado.

Debe saber que el empleado tiene la posibilidad de que su expediente se reenvíe a ...