Baja por enfermedad: suspensión del contrato de trabajo

La baja por enfermedad suspende el contrato de trabajo. El empleado ya no proporciona su trabajo. Si cumple las condiciones para tener derecho, el fondo del seguro médico primario paga las prestaciones diarias de la seguridad social (IJSS). También es posible que deba pagarle un salario adicional:

ya sea en aplicación del Código del Trabajo (art. L. 1226-1); ya sea en aplicación de su convenio colectivo.

Por lo tanto, una ausencia por enfermedad tiene consecuencias en el establecimiento de la nómina, en particular si practica o no el mantenimiento del salario.

Aunque se suspenda el contrato de trabajo de un trabajador en baja, éste deberá cumplir con las obligaciones vinculadas a su contrato de trabajo. Para él, esto significa respetar una obligación de lealtad.

Baja por enfermedad y respeto al deber de lealtad

El empleado de licencia no debe dañar a su empleador. Así, si el empleado incumple las obligaciones derivadas del cumplimiento de buena fe de su contrato de trabajo, es probable que ...