Licencia retribuida: ayuda estatal excepcional

Esta ayuda económica excepcional para cubrir los permisos está destinada a empresas cuya actividad principal es la acogida del público y cuyas medidas sanitarias implantadas por el Estado han tenido como resultado:

la prohibición de acoger al público en todo o en parte de su establecimiento por un período total de al menos 140 días entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020; o una pérdida de facturación lograda durante los periodos de declaración del estado de emergencia sanitaria de al menos un 90% respecto a la lograda durante los mismos periodos de 2019.

La cuantía de la ayuda es igual, para cada trabajador y por día de permiso retribuido disfrutado dentro del límite de 10 días de permiso, al 70% de la bonificación del permiso retribuido relativo a una cuantía horaria y, con el límite de 4,5 horas de salario mínimo.
La cantidad horaria no puede ser inferior a 8,11 euros, excepto para empleados con contrato de aprendizaje y profesionalización.
Para beneficiarse de la asistencia, debe enviar su solicitud por vía electrónica, especificando el motivo por el que recurre a una asistencia excepcional. Para ello, depende de usted comprobar "cierre durante al menos 140 días