Ley ASAP: duración y renovación de los acuerdos de participación en beneficios (artículo 121)

La ley perpetúa la posibilidad de celebrar acuerdos de participación en las utilidades por un período inferior a 3 años. La duración mínima de un acuerdo de participación en los beneficios es ahora de un año.

Hasta ahora, este plazo reducido solo era posible para empresas con menos de 11 empleados y bajo determinadas condiciones.
Este también fue autorizado en 2020 de forma temporal para facilitar el otorgamiento del bono de poder adquisitivo, pero esta posibilidad había finalizado el 31 de agosto de 2020.

También se ha modificado la duración de la renovación tácita. Ya no será por 3 años sino por un período igual al plazo inicial del contrato.

Ley ASAP: nuevas reglas para los convenios de ahorro para empleados celebrados a nivel de sucursal (artículo 118)

Prórroga de un año del tiempo concedido a las sucursales para negociar

Desde hace varios años, varias leyes han planeado obligar a las sucursales a negociar los planes de ahorro de los empleados, pero cada vez, el plazo se ha retrasado. Rebelote con la ley ASAP que pospone en un año el plazo fijado por la ley PACTE.

Por lo tanto, la ley pospone del 31 de diciembre de 2020 al 31 de diciembre de 2021 el plazo para las sucursales.