Convenios colectivos: ¿cómo recurrir a la actividad parcial de larga duración (APLD)?

La actividad parcial de larga duración (APLD) también denominada “actividad reducida para el empleo continuado (ARME)” es un sistema cofinanciado por el Estado y la UNEDIC. Su vocación: permitir que las empresas que se enfrentan a una reducción duradera de la actividad reduzcan la jornada laboral. A cambio, la empresa debe asumir ciertos compromisos, particularmente en términos de mantenimiento del empleo.

No se requieren criterios de tamaño o sector de actividad. No obstante, para implantar este sistema, el empresario deberá contar con un convenio de establecimiento, empresa o grupo, o, en su caso, con un convenio de rama ampliado. En este último caso, el empleador redacta un documento de acuerdo con las estipulaciones del contrato de rama.

El empleador también debe obtener la validación o aprobación de la Administración. En la práctica, envía el convenio colectivo (o documento unilateral) a su DIRECCTE.

La DIRECCTE tiene entonces 15 días (para validar el acuerdo) o 21 días (para aprobar el documento). Si su expediente es aceptado, el empleador puede beneficiarse del sistema por un período renovable de 6 meses, con un máximo de 24 meses, consecutivos o no, durante un período de 3 años consecutivos.

En la práctica…