Convenios colectivos: el juez que pronuncia una nulidad puede decidir modular sus efectos en el tiempo

Desde las ordenanzas Macron, más concretamente la Ordenanza nº 2017-1385 de 22 de septiembre de 2017 relativa al fortalecimiento de la negociación colectiva, cuando un juez anula un convenio colectivo, tiene la posibilidad de modular los efectos de esta nulidad en el tiempo. El objetivo de este sistema: asegurar los convenios colectivos, limitando las consecuencias negativas que puede acarrear la cancelación retroactiva.

Por primera vez, la Corte de Casación se vio abocada a profundizar en este tema, con motivo de un conflicto que involucraba la convención colectiva para la edición fonográfica. Este, firmado el 30 de junio de 2008, fue extendido a todo el sector por decreto del 20 de marzo de 2009. Varios sindicatos han solicitado la derogación de determinados artículos de su anexo nº 3, relativos a las condiciones de trabajo, remuneración y garantías sociales de los trabajadores asalariados. artistas intérpretes o ejecutantes

Los primeros jueces habían pronunciado la anulación de los artículos litigiosos. Sin embargo, habían decidido posponer los efectos de esta cancelación a 9 meses, es decir, al 1 de octubre de 2019. Para los jueces, el objetivo era dejar un plazo prudencial para que los interlocutores sociales acordaran una nueva...