Durante el estado de emergencia sanitaria de la primavera pasada, se pagaron prestaciones diarias de seguridad social sin período de espera. Pero desde el 10 de julio terminó la suspensión del período de espera. Los asegurados nuevamente tuvieron que esperar tres días en el sector privado y un día en la función pública antes de poder beneficiarse de las prestaciones diarias por enfermedad. Solo aquellos identificados como "casos de contacto" sujetos a una medida de aislamiento continuaron beneficiándose de la eliminación del período de espera hasta el 10 de octubre.

Sin período de espera

Hasta el 31 de diciembre, los asegurados que no puedan seguir trabajando, incluso a distancia, pueden beneficiarse de las dietas desde el primer día de baja por enfermedad siempre que se encuentren en una de las situaciones siguiendo:

persona vulnerable en riesgo de desarrollar una forma grave de infección por Covid-19; persona identificada como "caso de contacto" por el seguro médico; padre de niños menores de 16 años o de una persona con discapacidad que sea objeto de una medida de aislamiento, desalojo o manutención domiciliaria tras el cierre del establecimiento de bienvenida