Como empleador, tenía que proteger la salud y la seguridad de mis empleados y, por lo tanto, los colocaba, siempre que era posible, en una situación de teletrabajo. Sin embargo, ¿puedo controlar de forma remota la actividad de mis teletrabajadores?

Tanto si la implantación del teletrabajo dentro de su empresa es fruto de un convenio colectivo firmado con los sindicatos como de la crisis sanitaria, no todo está permitido y hay que respetar determinadas normas.

Si bien generalmente confía en sus empleados, todavía tiene algunas preocupaciones y reservas sobre su productividad cuando trabajan a distancia.

Por lo tanto, desea controlar la actividad de los empleados que trabajan desde casa. ¿Qué está autorizado en este asunto?

Teletrabajo: los límites del control de los empleados

La CNIL publicó a finales de noviembre una pregunta y respuesta sobre el teletrabajo, que responde a esta pregunta.

Según la CNIL, se puede controlar por completo la actividad de los empleados que teletrabajan, siempre que este control sea estrictamente proporcionado al objetivo perseguido y que no vulnere los derechos y libertades de sus empleados y respetando obviamente algunas reglas.

Sepa que usted mantiene, y ...